Investigación: El informe que compromete a EMAPE

El documento oficial que revela que el viaducto de Las Américas fue aprobado sin sustento técnico

Un informe interno de INVERMET identifica fallas estructurales del proyecto CUI 2414791: ausencia de sustento técnico, falta de alternativas y omisiones frente al conflicto social. El propio documento advierte “posibles responsabilidades” de EMAPE.

Por: Frente de Defensa de Balconcillo Fecha: 22 de febrero de 2026

«No tiene sustento»

El Informe N° 013-2020-INVERMET/GP-UF —emitido por INVERMET— recoge conclusiones técnicas internas que ponen en duda la viabilidad del proyecto: se afirma que el planteamiento “NO tiene un sustento”, que el perfil aprobado no presenta alternativas, y que el proyecto no resuelve la congestión vehicular. El documento añade una frase inusual en informes administrativos: advierte posibles responsabilidades de la Unidad Formuladora de EMAPE.


I. Un proyecto millonario aprobado… y cuestionado por el propio sistema

El documento establece que el proyecto “Creación del Viaducto Las Américas y Mejoramiento de la Avenida de las Américas” fue registrado y declarado viable en Invierte.pe por la Unidad Formuladora de EMAPE. El monto consignado supera los S/ 45 millones de soles (13.432.000 millones de dólares).

“El planteamiento técnico NO tiene un sustento que acredite técnicamente la solución indicada en el perfil…”

Fuente: Informe N° 013-2020-INVERMET/GP-UF — Sección de análisis técnico.

Para que todos lo entendamos: el informe interno afirma que la solución aprobada no estaba sustentada técnicamente. Para un proyecto de esta magnitud y nivel de inversión, el estándar exigible es precisamente el contrario: evidencia sólida, alternativas comparadas y justificación verificable.

1) Falta de sustento técnico (Sección 2.5): “El planteamiento técnico NO tiene un sustento…”.

“El planteamiento técnico NO tiene un sustento…”
“El planteamiento técnico NO tiene un sustento…”

2) Sin alternativas (Sección 2.5): “El perfil aprobado No presenta alternativas de solución…”

“El perfil aprobado No presenta alternativas de solución…”

3) No resuelve el problema principal (Sección 2.5): “No resuelve el problema de congestión vehicular…”

«No resuelve el problema de la congestión vehicular»

II. La frase que apunta a EMAPE: “posibles responsabilidades”

Oficinas de EMAPE (Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos)

El informe no se queda en observaciones técnicas. En un párrafo especialmente sensible, advierte que existirían posibles responsabilidades de la Unidad Formuladora de EMAPE por declarar viable el proyecto sin garantizar sostenibilidad, con conflictos sociales y sin incorporar alternativas técnicas.

“Existe posibles responsabilidades de la UF de la Empresa Municipal Administrativa del Peaje de Lima – EMAPE que declaró la viabilidad del proyecto…”

Fuente: Informe N° 013-2020-INVERMET/GP-UF — numeral 2.8.

Y agrega el motivo: la falta de sostenibilidad, la evidencia de conflictos sociales y la omisión de alternativas en el estudio de preinversión. El propio informe recomienda que se informe al órgano de control institucional para que determine responsabilidades.

Merece especial atención lo señalado en el informe que confirma que el proyecto generó oposición social desde el inicio, es decir desde 2017. Los vecinos rechazan desde entonces el viaducto debido a su impacto urbano y vial, atentando contra la residencialidad de una zona densamente poblada por familias.

El marco normativo peruano es claro respecto a la obligación de incorporar participación ciudadana y sostenibilidad social en proyectos que afectan el entorno urbano. La Ley Orgánica de Municipalidades (arts. 119 y 120), la Ley 26300 sobre Derechos de Participación y Control Ciudadanos, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley 31199 sobre gestión de espacios públicos y el propio sistema Invierte.pe establecen que las inversiones públicas deben garantizar información, consulta y evaluación del impacto social antes de su aprobación.

Si se confirma que no existieron mecanismos formales de participación, que no se socializó el proyecto y que no se incorporó un análisis de sostenibilidad social antes de declararlo viable, la aprobación podría haber vulnerado obligaciones legales expresas en materia de transparencia y participación ciudadana.El perfil aprobado no consideró este conflicto, lo que constituye una grave omisión técnica y legal.


III. El desenlace: cierre por cambio de concepción técnica y sin ejecución física

En marzo de 2020, una reunión oficial en el Ministerio de Economía y Finanzas concluyó que el proyecto debía ser desactivado permanentemente.

El informe concluye que corresponde registrar el cierre como inversión “no culminada” considerando que no existe ejecución física, y que el proyecto cambió de concepción técnica. Este cierre refuerza la tesis central: el proyecto aprobado no podía sostenerse en su forma original.

Esto confirma que el proyecto aprobado originalmente era técnicamente inválido.

El MEF ordenó desactivar el proyecto

“El proyecto de inversión debe desactivarse de manera permanente debido a que no se tiene gasto y la propuesta cambia la concepción técnica.”

Fuente: Informe N° 013-2020-INVERMET/GP-UF — Antecedentes 1.5

Cronología documentada


IV. Lo que podría venir: Contraloría y Fiscalía podrían intervenir

El Informe N.º 013-2020-INVERMET constituye evidencia oficial de que el proyecto aprobado originalmente presentaba fallas estructurales. Confirma que la viabilidad fue declarada sin sustento técnico suficiente y que la entidad responsable de esa declaración fue EMAPE.

El informe no determina culpabilidad penal, pero establece un hecho institucional clave: El propio sistema de inversiones del Estado cuestionó la viabilidad del proyecto y señaló posibles responsabilidades.

El caso presenta elementos que deriven en posibles delitos como responsabilidad funcional grave, peculado, colusión y falsedad ideológica que podrían ser investigados por:

  • Contraloría General de la República
  • Fiscalía Anticorrupción
  • Procuraduría Pública

La pregunta central permanece abierta: ¿Se trató de negligencia grave o de un esquema deliberado para comprometer recursos públicos sin sustento técnico real?

El caso del Viaducto Las Américas revela cómo un proyecto de más de S/ 45 millones pudo ser aprobado sin sustento técnico suficiente. El documento oficial no deja dudas sobre la gravedad de las deficiencias y deja abierta una pregunta que sigue vigente: Cómo y por qué un proyecto sin sustento técnico fue declarado viable en el sistema público.

👉 Si tienes información sobre este caso, puedes escribir de forma confidencial a nuestro correo electrónico: fbalconcillo@gmail.com

Base documental: Informe N° 013-2020-INVERMET/GP-UF (INVERMET, 07/05/2020).

FRENTE DE DEFENSA DE BALCONCILLO


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